El ejercicio del derecho a la salud sexual y reproductiva por parte de las personas adolescentes en el contexto paraguayo. El respeto a su interés superior
Palabras clave:
Capacidad progresiva, consentimiento informado, salud sexual y reproductiva, interés superior del niño, confidencialidad.Resumen
En Paraguay, tres de las problemáticas que estadísticamente afectan en mayor medida a las personas durante su etapa adolescente son: el embarazo, las adicciones y la violencia. Dos de ellas, por ende, están directamente vinculadas con el derecho a la salud sexual y reproductiva y su pleno ejercicio. Así, sin ir más lejos, tanto el embarazo adolescente como el abuso sexual se vislumbran como consecuencias visibles de una falta o un inadecuado ejercicio de estos derechos fundamentales; situaciones de vulnerabilidad, que no deben seguir permaneciendo invisibles y a las que el ordenamiento jurídico debe dar debida respuesta. Pues bien, es precisamente en este contexto que nos surge el interrogante acerca de cuál es la situación real en que se encuentra la garantía del derecho a la salud sexual y reproductiva de los adolescentes en el actual marco normativo paraguayo. Así, de todos los derechos reconocidos a los niños, niñas y adolescentes a partir de 1989, con la aprobación de la Convención sobre los Derechos del Niño, el derecho a la salud sexual y reproductiva se presentan como uno de los más controvertidos por lo que a su aceptación y reconocimiento efectivo por parte del mundo adulto se refiere. El presente artículo se interesa por precisar cuál es el régimen jurídico de la capacidad para ejercitar los derechos a la salud sexual y reproductiva en el caso de que su titular sea una persona adolescente, y trata de hacerlo de una manera ilustrativa, a partir del planteamiento de los principales presupuestos que se pueden dar al respecto en la realidad cotidiana.
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